10 al 12 y 23 al 25 de NOVIEMBRE TARIJA

25.5.11

INVESTIGACION II

FECHAS
PRESENTACION POWER DE INVESTIGACION II


1 al 4 de Abril  y del 20 al 22 de Mayo ORURO
6 al 9 de Abril y 13 al 15  de Mayo  TARIJA
11 al 14  de Abril y del 27 al 29 de MAYO  SUCRE

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CIRCULAR ASESORIA JURIDICA CEPI USFX

Ante las constates y reiteradas consultas en Asesoría Jurídica del C.E.P.I. y con el propósito de que el personal a cargo del desarrollo de programas del Centro de Estudios de Posgrado e Investigación, tome en cuenta los criterios básicos para la contratación de docentes y tutores, sugiero a usted, hacer conocer a los mismos los siguientes aspectos:
En cumplimiento con la normativa vigente en el país y en nuestra Universidad, la modalidad que se ha implementado en el C.E.P.I., para la contratación de docentes y tutores, es la de CONSULTORIA POR PRODUCTO.
2.- Bajo esta modalidad, no pueden ser docentes ni tutores:
- Los funcionarios administrativos del Sistema Nacional de Universidades Públicas;
- Los docentes de universidades públicas
- Los funcionarios de la Administración Pública
- Los Jubilados
- Los consultores en Línea o por Producto
- Los funcionarios judiciales
- Los incompatibles con la M.A.E. y el Administrador
3,- La relación contractual entre el C.E.P.I. y el contratado docente o tutor, concluirá con la presentación de informes y calificaciones finales y de segunda instancia en los plazos establecidos en el Contrato, y no podrán ser contratados en el mismo ni en ningún otro programa, mientras esté vigente ese contrato.
4.- La normativa universitaria vigente establece que solo los profesionales egresados de universidades (pre grado y posgrado) que pertenecen al Sistema Nacional de Universidades Públicas, son los habilitados a suscribir contratos de prestación de servicios en cualquiera de sus modalidades.

5.- En el caso de docentes que provienen del exterior se aceptarán sus títulos de pre grado y posgrado de manera excepcional, debiendo probarse la validez de sus títulos en Asesoría Jurídica del C.E.P.I. De ninguna manera se aceptarán profesionales egresados de universidades del exterior, con radicatoria en Bolivia y no hayan revalidado y homologado su título de pregrado en el C.E.U.B. o cualquier universidad del Sistema Nacional de Universidades Públicas de Bolivia.
Con este motivo, reitero a usted mis mayores consideraciones

Jose Antonio Cmcho Borja

Asesor Juridico

CEPI USFX

 
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