10 al 12 y 23 al 25 de NOVIEMBRE TARIJA

28.9.10

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MAESTRÍA EN COMUNICACIÓN INTERCULTURAL
COMO APORTE AL DESARROLLO 2da Version Sucre Oruro y TArija ATENCION: OFERTA PARA SANTA CRUZ Y POTOSI
Gestión 2010
ANTECEDENTES
Para la realización de esta versión de la Maestría, el CEPI ha consolidado un convenio con la Universidad Gimlekollen de Periodismo y Comunicación de Noruega. A su vez, la Universidad Gimlekollen se ha contactado con Misión Alianza de Noruega, entidad de cooperación con amplia experiencia en Bolivia, y con la Universidad de Agder de Noruega, una universidad que desde 2005 tiene un convenio propio con USFX. Esta experiencia, ha sido bastante enriquecedora, en primer lugar para los maestrantes, así como para las instituciones componentes del convenio. En esa provechosa relación de cooperación académica entre la Universidad de San Francisco Xavier de Chuquisaca, a través de la Carrera de Ciencias de la Comunicación Social; la Universidad Gimlekollen de Noruega; el apoyo en la administración financiera internacional de Misión Alianza y la administración del CEPI, se capitaliza la presentación de una nueva maestría: “Comunicación Intercultural para el Aporte alDesarrollo ”; cuyo contenido está resumido en esencia en el presente documento.
Aportar con la formación de pos grado de recursos humanos, cualificados para llevar a cabo procesos comunicacionales orientados a la construcción de un estado Pluri – Multicultural, en los ámbitos locales de los departamentos del sur de Bolivia (Chuquisaca, Tarija y Oruro), implicará una contribución importante.






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CIRCULAR ASESORIA JURIDICA CEPI USFX

Ante las constates y reiteradas consultas en Asesoría Jurídica del C.E.P.I. y con el propósito de que el personal a cargo del desarrollo de programas del Centro de Estudios de Posgrado e Investigación, tome en cuenta los criterios básicos para la contratación de docentes y tutores, sugiero a usted, hacer conocer a los mismos los siguientes aspectos:
En cumplimiento con la normativa vigente en el país y en nuestra Universidad, la modalidad que se ha implementado en el C.E.P.I., para la contratación de docentes y tutores, es la de CONSULTORIA POR PRODUCTO.
2.- Bajo esta modalidad, no pueden ser docentes ni tutores:
- Los funcionarios administrativos del Sistema Nacional de Universidades Públicas;
- Los docentes de universidades públicas
- Los funcionarios de la Administración Pública
- Los Jubilados
- Los consultores en Línea o por Producto
- Los funcionarios judiciales
- Los incompatibles con la M.A.E. y el Administrador
3,- La relación contractual entre el C.E.P.I. y el contratado docente o tutor, concluirá con la presentación de informes y calificaciones finales y de segunda instancia en los plazos establecidos en el Contrato, y no podrán ser contratados en el mismo ni en ningún otro programa, mientras esté vigente ese contrato.
4.- La normativa universitaria vigente establece que solo los profesionales egresados de universidades (pre grado y posgrado) que pertenecen al Sistema Nacional de Universidades Públicas, son los habilitados a suscribir contratos de prestación de servicios en cualquiera de sus modalidades.

5.- En el caso de docentes que provienen del exterior se aceptarán sus títulos de pre grado y posgrado de manera excepcional, debiendo probarse la validez de sus títulos en Asesoría Jurídica del C.E.P.I. De ninguna manera se aceptarán profesionales egresados de universidades del exterior, con radicatoria en Bolivia y no hayan revalidado y homologado su título de pregrado en el C.E.U.B. o cualquier universidad del Sistema Nacional de Universidades Públicas de Bolivia.
Con este motivo, reitero a usted mis mayores consideraciones

Jose Antonio Cmcho Borja

Asesor Juridico

CEPI USFX

 
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